Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio
Filmaciones y Grabaciones - PN Serra Gelada
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Filmaciones y Grabaciones
Grabaciones y reportajes fotográficos dentro del ámbito del Parc Natural de la Serra Gelada y su zona litoral
Las solicitudes para grabación o fotografía dentro del ámbito del Parque Natural serán evaluadas, en función de sus características y la localización, por los técnicos correspondientes de las distintas administraciones que colaboran en su gestión:
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Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio (Dirección del Parque Natural).
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Ayuntamiento de Benidorm (Film Office / Concejalía de Medio Ambiente).
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Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi (Área de Patrimonio / Film Office).
Siendo la información básica que debe contener cualquier solicitud para la realización de reportajes fotográficos o filmaciones en el ámbito del P.N de la Serra Gelada y su entorno:
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Tipo y título de la producción.
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Medios en los que se emitirá o publicará el trabajo.
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Datos de la productora o persona solicitante (C.I.F / D.N.I, datos de contacto y dirección postal).
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Datos de la persona de contacto / responsable de la producción (Nombre completo, cargo, e-mail y teléfono móvil de contacto).
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Fecha y horario de los trabajos previstos.
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Descripción detallada de los trabajos a realizar y necesidades especiales (en el caso del grabaciones con Dron se deberá aportar el plan de vuelo previsto).
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Número de personas y descripción del material técnico a utilizar (incluidos los generadores eléctricos con motor de explosión a utilizar, tipo de focos, tipo de cámaras – grúa con cámara, Dron con cámara, etc…- o similares).
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Marca, modelo y matrícula de los vehículos a autorizar (de cada uno de los vehículos que accederán a las zonas de acceso restringido del P.N).
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Copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil obligatorio.
Respecto al vuelo de drones para la realización de filmaciones y grabaciones hay que tener en cuenta que tanto en el ámbito terrestre como marino del Parque Natural de la Serra Gelada no se permite el sobrevuelo, la navegación aérea, el vuelo libre en cualquiera de sus modalidades, el aeromodelismo, los vuelos de aeronaves sin tripulación por control remoto, conocidos como drones (VANT vehículos aéreos no tripulados, UVA unmanned aerial vehicle) tanto para vuelos particulares como de uso recreativo..
En el caso de que se necesite la navegación aeronáutica para la realización de tareas de vigilancia, atención de emergencias, trabajos técnicos y profesionales debidamente justificados podrán ser autorizados siempre que sean demandados por organismos públicos y/o profesionales, previa presentación de un documento técnico que justifique su necesidad, determine el periodo para su realización, concrete su función y finalidad como trabajo excepcional, aporte la cartografía detallada (mínimo 1/10.000) de la zona o zonas a sobrevolar; y se obtenga el informe favorable de la administración competente en la gestión de los Espacios Naturales Protegidos, quien establecerá las condiciones necesarias para su ejecución.
Si la actividad se desarrolla en terrenos con la consideración de forestal, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el Reglamento de la Ley Forestal que establece que en los días y zonas para los que el nivel de preemergencia ante el riesgo de incendios forestales, según el Plan Especial frente al Riesgo de Incendios Forestales de la Comunitat Valenciana, establezca el nivel 3, estos dispositivos no podrán sobre volar o utilizarse en terreno forestal.
Finalmente, para el cumplimiento de los establecido por la legislación vigente en materia de protección del patrimonio natural y la biodiversidad, la cual prohíbe molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, en el ámbito de Parque Natural no se permite el vuelo de drones en época de nidificación que comprende el periodo entre el 1 de diciembre hasta el 31 de mayo, excepto determinadas zonas alejadas de los enclaves de nidificación.
Para más información puede consultar los siguientes enlaces:
https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/tienes-un-uas-dron
Ámbito: Visor Cartográfico GVA.
Normativa:
- Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Dirección General de Medio Natural y Animal para la regulación del vuelos de aeronave por control remoto sin tripulación (conocida como DRON) en el ámbito de los Espacios Naturales Protegidos (ENP) (Núm. 10048/17.02.2025)
- Decreto 91/2023, de 22 de junio, del Consell, por el quese aprueba el Reglamento de la Ley 3/1993, de diciembre, forestal de la Comunitat Valenciana (Núm. 9634/07.07.2023).
Por tanto, si la necesidad de rodaje / fotografía es:
- Dentro del ámbito Parque Natural de Serra Gelada y su entorno litoral, la solicitud debe realizarse por el interesado, con al menos 30 días de antelación a la fecha solicitada para su tramitación:
De forma TELEMÁTICA mediante la correspondiente solicitud general de iniciación y tramitación de procedimientos a través del siguiente enlace:
https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=G18493
Dirigiéndola a los Servicios Centrales en Valencia de la Dirección General de Medio Natural y Animal, anexando toda aquella información que considere oportuna para su resolución.
No obstante, el interesado, bien directamente o bien a través de la FilmOffice correspondiente, deberá ponerse previamente en contacto con la Oficina del Parque Natural de la Serra Gelada en la siguiente dirección de correo electrónico: serragelada@gva.es o bien al telf.: 629 321 248 (de 9:00 a 14:00 h).
Se recomienda remitir copia escaneada de la instancia presentada, una vez registrada, a la siguiente dirección de correo electrónico: serragelada@gva.es, para su seguimiento. Para más información contacte con el Parque Natural en el telf.: 629 321 248.
De forma PRESENCIAL a través de una instancia general, registrada en cualquier registro oficial GVA, y dirigida a:
Responsable: Servicios Centrales en Valencia de la Dirección General de Medio Natural de la Conselleria de Medi Ambient, Infraestuctures i Territori
Teléfono: 012 / 963 866 000.
Dirección postal: c/Democracia, nº 77, C.P.: 46018 – Valencia.
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En el edificio del Faro de l´Albir y/o en sus inmediaciones (sólo la zona abierta al público, quedando excluidas la torre Bombarda y la linterna del faro). En el caso de la cubierta del mismo se deberá consultar previamente con el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi (concesionario del edificio) a través del correo electrónico: museovillaromana@lalfas.com, aunque en todo caso la Autoridad Portuaria de Alicante tendrá la última palabra respecto a las autorizaciones de grabaciones y filmaciones en los edificios de de su propiedad.
La consulta sobre la posibilidad de filmaciones y grabaciones en el edificio del faro de l'Albir deberá realizarse a través del correo electrónico: museovillaromana@lalfas.com, donde se les indicará a los interesados los trámites a realizar dependiendo de la naturaleza de su solicitud.
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En el término municipal de Benidorm
Las solicitudes de filmación / reportaje fotográfico, junto con la información básica solicitada, deberán enviarse a:
Responsable: BenidormFilmOffice / Ayutamiento de Benidorm.
Dirección postal: Pza. SSMM Los Reyes de España, 1. 3ª planta, 03501 Benidorm.
Teléfono: 648 03 67 71 e-mail: filmoffice@benidorm.org
En este caso, la solicitud de autorización deberá ser remitida a la Benidorm FilmOffice / Ayutamiento de Benidorm con al menos 20 días de antelación a la fecha solicitada.
Si lo que se requiere es un permiso de acceso con vehículo a motor, para localizaciones, preproducción,... o similares:
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En aquellas zonas del Parque Natural con acceso restringido para vehículos a motor, el interesado deberá ponerse en contacto directamente con la oficina del Parque Natural a través del correo electrónico serragelada@gva.es, aportando la información básica solicitada.
Responsable: Parque Natural de la Serra Gelada y su entorno litoral.
Dirección postal: C/ Camí Vell del Far nº 18. C.p: 03012 – l'Albir (l'Alfàs del Pi).
Teléfono: 629 321 248 - e-mail: serragelada@gva.es
En este caso, la solicitud de acceso con vehículos a motor en aquellas zonas restringidas del P.N deberá ser remitida a la oficina del Parque Natural con al menos 10 días de antelación a la fecha solicitada.
A modo de resumen, puede consultarse la siguiente tabla:
Si necesitas rodar en: |
Debes ponerte en contacto con: |
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Dentro del ámbito de Parque Natural |
Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio Oficina del Parque Natural de la Serra Gelada. |
Término municipal de Benidorm |
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Edificio Faro de l'Albir o inmediaciones. |
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Dominio público marítimo-terrestre |
Para más información puedes consultar la guía de este espacio natural protegido.